El Banco Central informó que la Junta Monetaria, en su sesión del 24 de marzo de 2025, aprobó un conjunto de medidas para fortalecer la solidez de los intermediarios financieros y cambiarios en un contexto internacional de incertidumbre.

Estas disposiciones fueron diseñadas considerando el aumento del crédito en dólares a personas y empresas cuyos ingresos están en pesos dominicanos, así como regulaciones internacionales como las del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea y el FMI.

La primera medida revisa las normas para préstamos en moneda extranjera, permitiendo que los generadores de divisas, como sectores turísticos, zonas francas y exportadores, puedan acceder a estos créditos sin restricciones.

Para los no generadores de divisas, los préstamos en dólares estarán limitados al 25% del total de depósitos y financiamientos en esa moneda obtenidos por cada entidad financiera. Además, los solicitantes deberán demostrar ingresos o garantías suficientes para respaldar sus obligaciones.

La decisión busca priorizar el crédito en dólares para sectores estratégicos como la energía, el refinamiento de petróleo y la importación de bienes y servicios, siempre que los solicitantes acrediten solvencia suficiente.

Restricciones al crédito en dólares para consumo y vivienda

Asimismo, se reducirá el acceso a préstamos en dólares para la compra de vivienda y el consumo personal por parte de no generadores de divisas, con el objetivo de disminuir la exposición del sistema financiero al riesgo cambiario y fomentar el financiamiento en moneda nacional.

Mayor exigencia de capital para los bancos

Como complemento, la Junta Monetaria estableció nuevos requisitos prudenciales para los bancos que otorguen créditos en dólares a deudores sin ingresos en divisas, aumentando en 1.5 veces los ponderadores de riesgo. Esto obligará a las entidades financieras a contar con mayor respaldo de capital en estas operaciones.

Según el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, prestar en dólares a quienes generan ingresos en pesos implica un mayor riesgo, lo que hace necesario fortalecer el capital bancario ante posibles fluctuaciones en los mercados internacionales.

Ajustes en la posición en moneda extranjera

Otra decisión aprobada fue la modificación de los límites de la posición neta en moneda extranjera de las entidades financieras. Ahora, esta no podrá superar el 25% del capital pagado y reservas legales de cada banco. Además, se fijó en US$5 millones el incremento máximo promedio semanal en esta posición, permitiendo un aumento acumulado de hasta US$25 millones por semana.

Estos cambios buscan mitigar el impacto que podrían tener variaciones abruptas en la tasa de cambio sobre el sistema financiero.

Mayor capital mínimo para casas de cambio y remesadoras

En la misma sesión, la Junta Monetaria aprobó el aumento del capital mínimo exigido a los agentes de cambio y remesas. Para los de categoría “A” se estableció en RD$23 millones, mientras que los de categoría “B” deberán contar con al menos RD$11.5 millones.

Esta medida tiene como propósito reforzar la solidez de estas entidades para operar con mayor estabilidad.

Ajuste contable en los bancos desde 2026

Además, se recordó que, en su Cuarta Resolución del 20 de febrero de 2025, la Junta Monetaria aprobó la implementación del valor razonable (Mark to Market) en los estados financieros de los bancos a partir del 1 de enero de 2026, en cumplimiento de las Normas Internacionales de Información Financiera y las recomendaciones del FMI.

Supervisión permanente

El Banco Central, la Junta Monetaria y la Superintendencia de Bancos supervisarán el cumplimiento de estas medidas para garantizar la estabilidad y solidez del sistema financiero en un entorno económico

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