La abogada y CEO de Domus RD, Massiel Martínez, expresó en Almuerzo de Negocios por Sentido 89.3 FM que se puede proceder contra la no suspensión de servicios de agua, luz y gas a los que no paguen las cuotas en condominios, residenciales y edificios, dispuesto por sentencia por el Tribunal Constitucional.
Precisó que aunque no ha leído la sentencia para ver en qué se basó esa alta corte para su decisión, existen medios para atacarla como inscribir «un privilegio» que no es tan caro ni tan difícil.
Explicó que no es más que como inscribir una hipoteca y que es como cuando se compra un apartamento financiado con un banco.
Precisó que se hace una asamblea, se constituye el condominio y que en caso de que no esté, se prepara una asamblea y se establece la deuda de la persona del apartamento.
«Entonces, un abogado va a la jurisdicción inmobiliaria y procede a la inscripción de este privilegio en el título y usted va a estar siempre en el primer rango y el título no se va a poder mover hasta tanto; o sea, no van a poder disponer de esa propiedad hasta tanto no te paguen a ti», expuso.
Casos
Massiel Martínez sostuvo que se han dado casos en torres de deuda de hasta 200 mil pesos por no pago de los servicios.
Especificó que cada mes o tres se actualizan los montos y se llega a un punto del costo del apartamento, no hay que esperar que lo vendan, el edificio puede embargar.
«Se hace un embargo inmobiliario de ese privilegio que tiene inscrito», indicó.
Legislación de condominios
Sostuvo que la Ley 5830 de Condominios debe ser actualizada porque hay muchas dudas.
Expresó lo de la sentencia del Tribunal Constitucional se da en el marco de los alquileres por lo que hay que actualizar legislaciones que es un punto de importancia.
Precisó que incluso se está esperando la promulgación de la nueva ley de alquiler, lo que indica que no se le da prioridad al tema.