La Fundación Dominicana Pro-Ayuda a Pacientes Renales y Trasplantados (FUNDOPART), con más de 25 años de servicio en el país, solicita al Ministerio de Salud Pública y al Servicio Nacional de Salud, hacer las intervenciones necesarias en las unidades de hemodiálisis, para aplicar la ley que establece la habilitación y la acreditación de la unidad de hemodiálisis públicas y privadas (Ley No. 42-01, en su Reglamento para la Habilitación de Establecimientos y Servicios de Salud No. 1138-03).
“Solicitamos al ministro de Salud Pública, el doctor Víctor Elías Atallah Lajam y al director ejecutivo del Servicio Nacional de Salud, el doctor Mario Lama, la conformación de una mesa de trabajo permanente para evaluar periódicamente la calidad de los servicios que ofrecen las unidades de diálisis de los hospitales de la República Dominicana”, expresaron.
Para FUNDOPART, las unidades de hemodiálisis deben ser consideradas como una sala de cuidados intensivos por la complejidad del tratamiento que deben recibir los pacientes.

En nuestros contactos diarios, con diferentes unidades de diálisis del país, a través del voluntariado, recibimos informaciones de deficiencias en dichas unidades, las cuales son comunicadas por la FUNDOPART a través de la doctora Alexandra Encarnación, encargada del Programa de Hemodiálisis del Servicio Nacional de Salud, la cual comprueba la veracidad de nuestras informaciones.
Ese contacto con los pacientes y vinculadores nos ayuda a presentar al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS) las siguientes reclamaciones:
1ro. Que el Ministerio de Salud Pública, a través de su departamento de habilitación y acreditación, inspeccione las unidades de hemodiálisis públicas y privadas, para elaborar un programa nacional de adecuación de las unidades de hemodiálisis.
2do. Elegir cuatro (4) unidades, ubicadas geográficamente en puntos estratégicos de la República Dominicana, para convertirlas en unidades de hemodiálisis modelos, donde se cumplan los indicadores de calidad establecidos en las normas, de manera que puedan influenciar en las demás unidades de hemodiálisis para introducir mejoras graduales que eleven la calidad del servicio, como un derecho a la salud integral y a la promoción de la salud, prevención de enfermedades, y a la protección, recuperación y rehabilitación de la salud establecidos en la Constitución, en su Artículo 61, y la Ley 42-01, en su Artículo 4, respectivamente.
3ro. Construcción a tiempo de accesos vasculares a pacientes crónicos terminales, para recibir adecuadamente el tratamiento de hemodiálisis con el fin de disminuir el índice de mortalidad.
4to. Capacitación del personal que trabaja en la unidad de hemodiálisis, tales como: enfermeras; encargados del monitoreo del agua; personal de mantenimiento (aseo, ventilación, electricidad, etc.); la higienización del espacio que ocupan las plantas de tratamiento del agua y el registro diario de la calidad del agua.
5to. Que los hospitales de la red pública del Servicio Nacional de Salud (SNS), cuenten con un equipo médico multidisciplinario, integrado por médicos nefrólogos, cardiólogos, nutricionistas, psicólogos, médico familiar, sexólogos e infectólogos, para instruir a pacientes y sus familias antes de iniciar el tratamiento sustitutivo de la hemodiálisis y disminuir los conflictos internos que se originan en las familias por falta de orientación.
Propuesta de las especialidades en el área de salud para la mesa de trabajo:
- Médico nefrólogo
- Médico diabetólogo
- Médico cardiólogo
- Cirujano vascular
- Médico infectólogo
- Nutricionista
- Psicólogo


























